Placa Distintivo Vivienda de Uso Turístico Asturias 30X30 cm
Para el Principado de Asturias
Homologada de acuerdo con Decreto 48/2016, de 10 de agosto, de viviendas vacacionales y viviendas de uso turístico.
Las viviendas vacacionales dispondrán de las siguientes instalaciones y equipamientos mínimos:
a) Suministro de agua potable, caliente y fría, y de energía eléctrica garantizada durante las 24 horas del día, con puntos y tomas de luz en todas las habitaciones y zonas de uso común.
b) Sistema efectivo de evacuación de aguas residuales.
c) Servicio público o privado de recogida de basuras autorizado por el Ayuntamiento. Si la recogida no se efectuara diariamente, la basura nunca estará expuesta en lugares visibles.
d) Calefacción.
e) Botiquín de primeros auxilios. (Tenemos disponibles varios modelos. Ver en tienda►)
f) Un extintor, al menos, por planta, instalado en un lugar visible y de fácil acceso. (Compre las placas que lo identifican. Ver en tienda ►)
g) Teléfono para uso de los clientes. (Disponible Placa “WIFI►)
h) Acceso señalizado. El camino debe ser de acceso practicable para toda clase de turismos hasta el entorno inmediato de la vivienda. (¿Necesita una señalización urbana o en carretera para acceder a la vivienda? Más información►)
Consulte la normativa completa: Decreto 48/2016, de 10 de agosto, de viviendas vacacionales y viviendas de uso turístico.